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Ayudas de 6.000 euros de ferias, verbenas y fiestas mayores

Las solicitudes para acceder a las subvenciones se pueden presentar por vía telemática hasta el 30 de diciembre o hasta que se agote el presupuesto

La fiesta mayor de Mercè en Barcelona, en una imagen de archivo | ACN
La fiesta mayor de Mercè en Barcelona, en una imagen de archivo | ACN
ACN
Barcelona
18 de Diciembre de 2020
Act. 18 de Diciembre de 2020

El Departament d'Empresa i Coneixement abre este viernes a las 9.00 horas el trámite para pedir las ayudas para el sector de feriasde atracciones, verbenas y fiestasmayores afectado por las restricciones de la covid-19. Se trata de una línea de ayudas de 1,8 millones de euros y que consistirá en un pago único de 6.000 euros por beneficiario. Las solicitudes se tienen que presentar telemáticamente a través de Canal Empresa.

 

El sector de atracciones y servicios de restauración propios de ferias y verbenas ocupa cerca de 5.000 familias y la suspensión de la actividad desde el inicio de la pandemia está ocasionando pérdidas muy elevadas, puesto que el 90% de la caja se hace entre junio y septiembre. El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el 30 de diciembre o cuando se agote el presupuesto.

Para poder hacer el trámite, habrá que aportar fotografía de la atracción o establecimiento, el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y los certificados de montaje y desmontaje y recibos justificativos de instalación de un mínimo de tres ferias de atracciones desde el 1 de enero de 2019 hasta la declaración del estado de alarma, el 14 de marzo de 2020.

 

Se podrán acoger a las ayudas los autónomos y pymes que ejercen su actividad en ferias de atracciones, verbenas y fiestas mayores en la vía pública, fuera de establecimientos permanentes, que estén dados de alta en el censo del IAE en Catalunya y que no han podido desarrollar su actividad desde el inicio de la crisis sanitaria. Los solicitantes tendrán que ser titulares de empresas de atracciones o de servicios de restauración vinculados a las ferias. Estas subvenciones se pueden acumular a otras subvenciones o ayudas públicas y/o privados, catalanes, estatales o internacionales