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Las empresas afectadas por la DANA pueden presentar un ERTO de fuerza mayor y reducir cotizaciones

Los trabajadores incluidos en los expedientes podrán cobrar del paro aunque no hayan cotizado el tiempo mínimo

Les empreses afectades pel dana
Les empreses afectades pel dana
Redacción VIA Empresa | ACN
31 de Octubre de 2024
Act. 04 de Noviembre de 2024

Las empresas afectadas por la DANA podrán presentar un expediente de regulación temporal de empleo (ERTO) por fuerza mayor para suspender los contratos de trabajo si la actividad ha quedado paralizada o para reducir la jornada de los trabajadores. Mientras esta medida esté en vigor, los empleados podrán cobrar la prestación de desempleo sin necesidad de cumplir el tiempo mínimo cotizado. Además, el período en que los empleados tengan el contrato suspendido no computará a la hora de calcular una futura prestación de desempleo. Las empresas pueden acogerse de manera voluntaria y disfrutar de exenciones en las cotizaciones a la Seguridad Social de hasta el 90%. La reducción de jornada vinculada a estos expedientes de fuerza mayor puede ser entre un 1% y un 70%.

 

Las empresas pueden acogerse de manera voluntaria y disfrutar de exenciones en las cotizaciones a la Seguridad Social de hasta el 90%

La reforma laboral pactada en 2022 revisó la regulación temporal de empleo y adoptó el modelo seguido durante la pandemia, cuando el gobierno español aprobó restricciones que obligaron a detener la actividad.

El temporal ha dejado un balance de al menos 95 personas muertas en el País Valenciano y decenas de desaparecidos. El teléfono 112 ha atendido cerca de 30.000 llamadas desde el inicio del temporal.