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Hacienda devolerá el IRPF de maternidad y paternidad a quien lo solicitó antes del TS

En una reunión, la ministra Maria Jesús Montero ha comunicado a los afectados que la medida puede beneficiar un total de 8.000 contribuyentes

La ministra de Hacienda, Maria Jesús Montero
La ministra de Hacienda, Maria Jesús Montero
Redacción VIA Empresa
Barcelona
20 de Junio de 2019

El Ministerio de Hacienda confirma que también devolverá el IPRF de la prestación por maternidad y paternidad a aquellos que lo habían pedido antes de la sentencia del Tribunal Supremo (TS). Los servicios jurídicos del ministerio han concluido que a pesar de tener una resolución o sentencia firme contraria a la devolución, estos padres y madres podrán percibir el abono. La ministra de Hacienda en funciones, María Jesús Montero, ha comunicado la decisión a los representantes de la Asociación de Afectados y Afectadas por el IRPF de Maternidad y Paternidad en el transcurso de una reunión. El objetivo ha sido resolver una situación de "injusticia" y que podría beneficiar unas 8.000 personas.

En declaraciones a los medios después de reunirse con los afectados, la ministra ha explicado que tendrán que seguir el mismo procedimiento que el resto de madres y padres, es decir, rellenar un formulario en la página web de la Agencia Tributaria, que desde hoy también está habilidad para ellos. Ha añadido que ya se han resuelto el 90% de las solicitudes de registradas y que las devoluciones se efectuarán en las próximas semanas.

El TS dictaminó el 3 de octubre del 2018 que las prestaciones por maternidad están exentas del IRPF y desde entonces Hacienda puso en marcha un proceso para devolverlo para los ejercicios no prescritos, del 2014 al 2018. La nueva interpretación también se extiende a los empleados públicos que perciben permisos de maternidad y paternidad a través de las mutualidades de previsión social y, en todo los casos, no sólo para los periodos prescritos puesto que si se presentó una reclamación que suspendió la prestación se tendrá en cuenta este periodo que puede hacer no superar los cuatro años de prescripción.

Aún así, para los casos entre 2014 y 2017 hay que pedir la devolución a través del formulario electrónico habilitado por la Agencia Tributaría y por los años anteriores es necesario presentar una solicitud por registro electrónico o en cualquier registro de la administración. En el caso de aquellos que tenían una resolución negativa, tendrán que remitir un escrito a la Agencia Tributaria mostrando su oposición a la resolución y la administración procederá a la devolución.

Hacienda ha defendido que con esta decisión "desaparece cualquier posible discriminación" porque "todas las madres y padres que cobraron la prestación a partir del 2014 tendrán derecho a la devolución con independencia de si presentaron o no una reclamación previa a la sentencia". Desde la sentencia, más de 734.000 madres y padres habían recibido el abono hasta el 11 de junio, lo que supone más de 960 millones de euros. Los contribuyentes con derecho al regreso han recibido unos 1.309 euros de media. En el caso de las madres, la percepción mediana ha estado de 2.066 euros y en el caso de los padres de 483.