En la primera parte de este artículo contextualicé el nacimiento y el propósito de la Ley de Estabilidad Presupuestaria con la cual el Gobierno español intervino la Generalitat de Cataluña el 19 de septiembre. Revisar la evolución del déficit público catalán desde la Gran Recesión es algo obligado para hacerse una idea de si la Generalitat ha sido un riesgo o no para la estabilidad financiera, que es lo único que justificaría la intervención.
Cómo se puede ver, las finanzas catalanas han evolucionado conforme al que establece la Ley de estabilidad presupuestaria y parece extraño justificar la intervención con esta ley. La Generalitat ha reducido ostensiblemente su déficit al igual que el resto de Comunidades Autónomas (CCAA) hasta el punto que al cerrar en 2016 tanto el subsector CCAA entero como la Generalitat acreditan un déficit público inferior al 1%. Es razonable -y legal- intervenir los cuentas con esta dinámica? Indudablemente, no.
Los ayuntamientos (cómo por ejemplo, Valencia o Madrid) también han sufrido intervenciones similares. En el caso reciente de Madrid, por ejemplo, la intervención se ha producido de acuerdo con una partida de 18 millones de euros, el que deja claro, en mi opinión, que el Gobierno español utiliza la ley de estabilidad presupuestaria contra rivales políticos, puesto que existen numerosos ayuntamientos gobernantes por el Partido Popular que están en situación bastante peor que estos ayuntamientos mencionados. Una cosa es que las Administraciones tienen la obligación de cumplir la ley y otra muy diferente es si la mínima desviación o duda sobre el cumplimiento de la misma justifica una intervención.
El Gobierno español utiliza la ley de estabilidad presupuestaria contra rivales políticos
El caso de la Generalitat es similar. En el informe de ejecución presupuestaria del mes de agosto las finanzas públicas catalanas presentan un estado inmaculado. La Generalitat de Cataluña hizo superávit corriente de 975,8 millones de euros durante los 8 primeros meses del año. Si excluimos los intereses -el saldo corriendo primario- el superávit sube a la cantidad de 1.547,5 millones de euros.
Cómo se puede ver en el gráfico, la intervención financiera de la Generalitat no ha mejorado la ejecución presupuestaria acumulada al mes de septiembre. La Ley de Estabilidad no fue aprobada para otorgar la potestad arbitraria al Gobierno de España para intervenir las Administraciones públicas a voluntad sino para garantizar que los fundamentales macroeconómicos de la economía española no se ponían en riesgo mediante el descontrol de las finanzas públicas.
La Generalitat de Cataluña hizo superávit corriente de 975,8 millones de euros durante los 8 primeros meses del año
Una muestra de la arbitrariedad absoluta que emplea el Gobierno de España con los rivales políticos lo encontramos en la partida presupuestaria del referéndum del 1 de octubre pasado. A raíz de la intervención el ministro Montoro decía que la partida (de 6,5 millones de euros) no se había usado gracias a la intervención del Estado. La realidad es que Montoro tenía (y tiene) razón, pero en aquellos días este era el discurso que le interesaba dar para justificar el relato oficial: nohabría referéndum. Qué ha pasado después? Pues que la Audiencia Nacional reclama 6,5 millones de euros de fianza a todo el Gobierno a raíz de la organización del referéndum. Al auto no aporta ninguna prueba ni argumento para justificar esta cantidad que, según el mismo Montoro, no ha sido utilizada. Pero el relato político ha cambiado un golpe ha habido referéndum y la realidad ha dejado de importar: la partida tiene que ser pagada por los miembros del Gobierno catalán independientemente de su ejecución.
La evolución de la deuda pública de la Generalitat de Cataluña ha experimentado los últimos años un aumento significativo. Si en 2005 era del 5% del PIB, el 2016 -último ejercicio de aumento de la deuda- este era del 35% del PIB. El más interesante, pero, es que de acá que el primer trimestre de 2016 la deuda lograra el 35% del PIB esta cifra permanece estable sin cambios. Es decir, al igual que pasa con la deuda pública español -estabilizado hace tiempo-, la deuda catalana ha dejado de aumentar en relación al PIB. La implicación de este hecho no es menor para el tema que nos ocupa, puesto que demuestra un golpe más que en ningún caso la gestión del Gobierno catalán ha puesto nunca en peligro la estabilidad financiera ni catalana ni española. Así pues, existen criterios económico-financieros por haber intervenido la Generalitat?
La respuesta es que no. La intervención tiene fundamentos puramente políticos -en el Gobierno de España no le gusta el que hace la Generalitat- y ha empleado una ley que permite la intervención de las Administraciones públicas si y sólo si la actuación de estas pone en peligro los fundamentales presupuestarios y financieros de la misma Administración. Dado que esto ni ha pasado ni nunca ha habido ningún riesgo que pasara la intervención es dudosamente legal. Esta intervención abre interrogantes que no son menores, puesto que la ley hice, como expliqué en la primera parte, una exigencia de la Unión Europea para rescatar las cajas españolas.
El Gobierno de España ha utilizado las leyes europeas y las ha desvirtuado haciendo un uso político y arbitrario. Ni que decir que la seguridad jurídica en el Estado es ahora mismo inexistente y, el que es peor, qué mecanismos de defensa contra la arbitrariedad proporciona la UE contra este mal uso de sus leyes? Poquets. La conclusión es clara: si la UE no proporciona vías jurídicas para litigar la democracia, el Estado de Derecho y el mercado común no tiene ningún buen futuro a la Unión. Quizás hay que replantearse muchas cosas que dábamos por hechos.