El Tribunal Constitucional ha anulado por unanimidad buena parte de la ley catalana que regula los precios de alquiler. La decisión se ha tomado basándose en un recurso presentado por 50 diputados del Partido Popular que considera que algunos de los artículos de la normativa del Parlamento invaden competencias del Estado. La nueva normativa no tiene carácter retroactivo y, por lo tanto, sólo afectará a los contratos firmados a partir de ahora.
El decreto ley que había sido aprobado en 2020 permitía limitar los precios de los alquileres en aquellas ubicaciones donde se considerara que había una carencia de vivienda asequible. El Decreto ley 11/2020 establecía que los alquileres tenían que respetar el precio de referencia en el mismo entorno urbano y no podían subir respecto al anterior contrato. En concreto, el TC declara inconstitucionales los artículos, 1, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 15 y 16.2, así como varias disposiciones. Remarca que la Constitución reserva al Estado la potestad de fijar las bases de las obligaciones contractuales y le atribuye la competencia para establecer los criterios de ordenación general del sector de la contratación privada. Y esto es así, continúa, porque hay la "necesidad de garantizar un común denominador en los principios que tienen que regir las obligaciones contractuales".