Las empresas ya tienen prohibido hacer llamadas spam a usuarios que no hayan dado su consentimiento expreso a partir de este jueves. La nueva Ley General de Telecomunicaciones, que se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 29 de junio del 2022, prevé sanciones en caso de que las compañías incumplan el derecho de los usuarios a ni recibir llamadas no deseadas con finalidad comercial.
La nueva norma se aplicará cuando las empresas llamen a las personas que tengan un número fijo o móvil en España. Se considerará una excepción los casos en los que la llamada responda a "intereses legítimos". También se considerará lícito que una empresa con quien el usuario ha tenido una relación contractual haga llamadas para ofrecer productos similares a los contratados. La ley contempla en los artículos 108 y 109 que el incumplimiento se considera una infracción leve que se podría sancionar con multas de hasta 100.000 euros.
La ley contempla sanciones de hasta 100.000 euros
Las empresas han tenido un año para adaptarse a la norma, que también incluye el derecho a no recibir llamadas automáticas sin intervención humana sin haber prestado el consentimiento previo. Esta normativa, que busca poner fin a la práctica generalizada de hacer llamadas comerciales a números generados de forma aleatoria sin el consentimiento previo del usuario, se aplicará a todas las empresas y no solo a los call centers.
El ente encargado de sancionar a las empresas que llamen con finalidad comercial sin el consentimiento previo será la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en el país y no la Agencia Catalana del Consumo (ACC) en Catalunya, puesto que la normativa es estatal. Con todo, el organismo de la Generalitat recomienda a los consumidores que tengan en cuenta que, en ocasiones, este consentimiento a recibir llamadas se da sin ser consciente en el momento de aceptar los términos y condiciones de las empresas, por ejemplo, cuando se participa en sorteos.
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ve el cambio como "una buena noticia" y reclama al ente que controle el cumplimiento de la normativa y que multe los incumplimientos. La entidad en defensa de los consumidores señala que la ley representa una novedad puesto que hasta ahora el usuario tenía derecho a oponerse al tratamiento de los datos personales y a solicitar el final de las comunicaciones a través de listados de exclusión publicitaria como la Lista Robinson.
Rectificación: durante las primeras horas de publicación, el artículo se ha acompañado de una imagen de Dipsalut, servicio público de teleasistencia que, en ningún caso, funciona como call center de llamadas comerciales.