El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha anulado una multa contra la multinacional Starbucks porque considera que la Comisión Europea no ha demostrado suficientemente que Holanda ofreciera una ventaja competitiva a la empresa. La decisión coincide con otra sentencia del mismo tribunal sobre Fiat, pero que va en la dirección opuesta: en este caso el TGUE sí que ve ayudas ilegales de Luxemburgo al grupo automovilístico. El año 2015 la comisaria de la Competencia, la danesa Margrethe Vestager, anunció multas de entre 20 y 30 millones de euros por Starbucks y Fiat por haberse beneficiado de acuerdos fiscales que rebajaban "artificialmente" sus impuestos.
Las dos compañías, así como también Holanda y Luxemburgo, recorrieron la decisión de la Comisión Europea al Tribunal General de la Unión Europea. La multa contra Fiat ha pasado el filtro de la justicia europea, pero la de Starbucks no. En el caso de la compañía de cafés, el Tribunal General considera que "la Comisión Europea fue incapaz de demostrar la existencia de una ventaja en favor de Starbucks".
En cambio, sobre Fiat, los jueces argumentan que la CE demostró correctamente que el sistema fiscal que se aplicaba a la compañía –a través de ingeniería fiscal, con transferencias entre las filiales- "minimizaba" sus pagos de impuestos, y por lo tanto ofrecía a la empresa una "ventaja" en comparación con las tasas que realmente habría tenido que pagar. En los dos casos, sin embargo, la decisión todavía se puede recurrir al Tribunal de Justicia de la UE.