Es una constante de los últimos años que, cuando llegan estas fechas, se multipliquen las noticias sobre huelgas de transporte, retrasos o cancelaciones de vuelos y otros inconvenientes relacionados con los viajes. Desgraciadamente, este año noha sido una excepción y miles de personas han vivido a los aeropuertos unas vacaciones muy diferentes de las que tenían organizadas. En muchos casos no sabemos como tenemos que actuar y vemos que en el nuestro cercando se multiplican las quejas por desinformación por parte de las compañías. En situaciones como estas, es importante conocer los derechos que tenemos para hacerlos valer. La Unión Europea es la primera región del mundo al contar con un conjunto regulado de derechos que protegen los pasajeros y que nos amparan cuando estamos a nuestros destinos.
Nuestros derechos como pasajeros
Independientemente del medio de transporte que utilizamos, tenemos derecho que las compañías respeten una serie de obligaciones en cuanto a información y a asistencia durante el viaje en caso de que nos encontramos con situaciones como retrasos, cancelaciones, denegaciones de embarcament o pérdidas de equipaje. Estos derechos se aplican siempre que el trayecto tenga como salida o destino un aeropuerto, puerto o estación de la Unión Europea, Islandia y Noruega. Además, si el viaje es con salida y llegada fuera de Europa pero la compañía de transporte tiene la sede a la UE, la legislación aplicable es la misma en cuanto a los derechos de los viajeros.
Si vuelas fuera de la UE con una compañía con sede europea, tienes los mismos derechos que adentro de la Unión
A pesar de que existen ligeras variaciones de la normativa en función del transporte, tanto si viajamos en avión, como si lo hacemos en autocar, tren o barco tenemos derecho que las compañías nos proporcionen comer, bebida y alojamiento durante las esperas, que nos devuelvan el importe de nuestro billete cuando no lo hemos utilizado y que nos paguen indemnización en casos de cancelación, denegación de embarcament o retraso de larga duración. Si no lo hacen, tenemos derecho a presentar una reclamación para pedir las compensaciones que nos corresponden.
Tenemos el derecho de ser informados de nuestros derechos; y cuando estos no sean respetados, es importante que los reclamamos
La Unión Europea no sólo marca los casos en que tenemos que ser compensados, sino que también tiene establecidos los mecanismos a través de los cuales tenemos que presentar nuestras reclamaciones. Antes que nada, ante cualquier incidente, la compañía nos tiene que informar de nuestros derechos. El paso siguiente es reclamar las compensaciones a que tenemos derecho ante la misma compañía. Personalmente, justo es decir que la mayoría de las veces quehe tenido que presentar una, las compañías lo han atendido en los términos y plazos que marca legislación. Pero si esta no responde o consideramos que la respuesta es insatisfactoria, tenemos que presentar una reclamación ante el organismo nacional competente del país donde ha tenido lugar el incidente o bien donde tiene la sede la compañía. En el caso de España, sería la Agencia Estatal de Seguridad Aérea para los viajes en avión; el Ministerio de Fomento para los trayectos en tren y autocar; y para el barco la Agencia Española de Consumo o bien Puertos del Estado, en función del motivo de la reclamación.
Los derechos que garantiza la UE a los consumidores cubren todas las compras que se hayan hecho desde un mismo punto –físico o en internet-
En el supuesto que incluso así siguiéramos sin una respuesta satisfactoria, tenemos que recurrir a una entidad de resolución alternativa de litigios o a una entidad de resolución de litigios en linea si hicimos la compra por internet. Como último trámite, si consideramos que nuestros derechos no se han respetado, podemos dirigirnos a los tribunales del país donde está registrada la empresa.
Otros derechos que tenemos cuando somos de viaje
Son otros muchos los derechos que tenemos y las leyes que nos protegen cuando somos de viaje. Por ejemplo, acaba de entrar en vigor la legislación que protege los consumidores europeos cuando reservamos paquetes de vacaciones combinados o servicios de compra vinculada, para que estemos cubiertos si una de las empresas subcontratadas no cumple sus obligaciones. Los derechos que garantiza la UE a los consumidores cubren todas las compras que se hayan hecho desde un mismo punto –físico o en internet- y asegura que recibimos el mismo servicio y garantías sea qué sea el lugar de la Unión Europea donde hemos efectuado la compra.
Otro aspecto importante cuando vamos de viaje es la posibilidad de seguir comunicándonos por teléfono o correo electrónico, de consultar información a internet o consumir contenidos en linea. Desde la entrada en vigor de la legislación que suprime los recargos por itinerancia en todo la UE, podemos trucar y usar datos desde cualquier sido miembro cómo si estuviéramos en casa. Además, la UE también ha legislado porque los europeos podamos disfrutar de nuestras series preferidas, música o contenidos de plataformas online de suscripción sin sufrir restricciones para ser en un Estado que no es el nuestro.
El bienestar de los europeos es una prioridad fundamental para la UE. Por eso, la legislación también regula aspectos no sólo monetarios sino de seguridad y salud.
Cuando viajamos por la UE, tenemos que llevar siempre con nosotros la Tarjeta Sanitaria Europea para que, si necesitamos atención médica, podamos ser atendidos en iguales condiciones y con el mismo coste que un ciudadano del sido miembro donde seamos. Si el que necesitamos es apoyo consular ante una emergencia, por pérdida de documentación o cualquiera otro caso y nos encontramos en una ciudad donde no hay embajada o consulado de nuestro país, podemos dirigirnos a la embajada o representación consular de cualquier de los estados de la Unión Europea. Finalmente, hay que recordar también que el 112 es el número de emergencia donde nos atenderán desde cualquier lugar de la UE en las 24 lenguas oficiales.