Al 2012 y 2013 no ha subido el tipo del impuesto sobre sociedades, pero ha aumentado la carga fiscal al eliminarse o limitarse algunas deducciones. No obstante, todavía es posible reducir la carga tributaria mediante deducciones de la cuota. Las principales son:
R D e innovación tecnológica (IT)
Es una deducción de la cuota por gastos en R D o en IT: gastos en intangibles y amortizaciones diversas. La deducción es del 30% de los gastos, siempre que se cumplan los requisitos establecidos a tal efecto.
Formación del personal en el uso de nuevas tecnologías
Deducción de la cuota del impuesto de los gastos efectuados en el periodo. La deducción se establece en relación con los gastos, por este concepto, de ejercicios anteriores. Para el 2013 la deducción es del 1%, si los gastos del ejercicio por este concepto no superan la media de los dos ejercicios anteriores.
Creación de ocupación de trabajadores con discapacitado
Aplicable tanto a contribuyentes de Sociedades como del IRPF. Se establece una deducción de 9.000 euros para cada persona/año de incremento de la media de plantilla de trabajadores con discapacitado contratados. La discapacidad tiene que ser igual o superior al 33%, si supera el 65% la deducción es de 12.000 €.
Creación de ocupación
Existen varias medidas laborales, en las que además de incentivos a las cotizaciones a la seguridad social hay interesantes deducciones fiscales. Es aconsejable consultar la normativa, según la situación de cada empresa, para ver qué es el más efectivo en cada caso.