Si en los anteriores artículos hablábamos de normas como la protección de datos, la ley de marcas o comercio electrónico, hoy no nos podemos olvidar de otras normativas que también son muy importantes para cualquier negocio, tanto desde un punto de vista de producto o servicio, como de cara a su comercialización.
Así, a grandes rasgos, si queremos proteger una creación u obra intelectual, científica o artística, entre otros, hará falta que lo hacemos en virtud de la Ley de Propiedad Intelectual (RDL 1/1996, de 12 de abril). Si, por ejemplo, se trata de una creación relacionada con la tecnología, una invención... hará falta que tengamos en cuenta la Ley de Patentes (Ley 11/1986, de 20 de marzo) mientras que si lo qué hemos creado es un diseño industrial, tendremos que tener en cuenta la Ley de protección jurídica del diseño industrial (Ley 20/2003, de 7 de julio).
En función del qué queramos proteger, el mejor será registrarlo a los registros pertinentes (Registro de Propiedad Intelectual, Oficina de Patentes...) teniendo en cuenta las normas antes mencionadas pero, también, otros aspectos si, además, queremos comercializarlo. En este sentido, es conveniente y necesario, diría yo, firmar los correspondientes contratos con las personas o empresas encargadas de la comercialización de nuestra marca o producto, estableciendo el contrato que más convenga (licencia de marca; cesión de derechos de explotación, de distribución, franquicia...) y donde se establezcan todas las condiciones y obligaciones de cada una de las partes implicadas.
Así mismo, si pretendemos comercializar algo mediante una plataforma online o una web, también hará falta que en aquellapublicamos las condiciones relativas en la propiedad intelectual de la propia plataforma, de nuestros productos y marcas, todo con el fin de prever y evitar, dentro de lo posible, lesiones a nuestra propiedad intelectual e industrial.