Una empresa tiene en su marca un valor intangible que además de servir para identificar sus productos o servicios en el mercado frente a los de la competencia, sirve también para ir depositando en la misma el prestigio de la empresa y aumentar el valor económico de la marca. Muchas veces el prestigio de la marca no solamente sirve como barrera de entrada en un mercado sino que sirve para abrir una empresa a nuevos productos y servicios. Este prestigio es fuente en sí misma de ingresos (atrae los consumidores) y tiene un valor que puede utilizarse en operaciones comerciales, económicas, de financiación y mercantiles. Por eso es vital proteger la marca frente a los que quieran aprovecharse de su prestigio y/o confundir al consumidor.
Ahora bien, una marca no es sólo el nombre o logotipo, especialmente en marcas de productos pensamos en la apariencia visual de los mismos (forma de los envases, colores de referencia de una marca, eslóganes, decoración de las etiquetas...), incluso en la apariencia y el trade dress de muchos comercios especialmente franquicias donde todo constituye marca (la decoración del local, los uniformes, la apariencia de los vehículos de flota, la música...).
Registrar el nombre social de una empresa
Un golpe mostrada la importancia y extensión del que puede ser una marca, hay que alertar que el derecho sobre una marca, es decir, los signos distintivos que utiliza una empresa sólo se pueden adquirir por su registro y protección ante las oficinas nacionales o territoriales de Propiedad Industrial.
Hay que hacer una advertencia importante sobre un error muy común: el nombre social de una empresa no da derecho a utilizarlo como marca de forma exclusiva y excluyendo si este nombre social no está registrado ante las oficinas de Propiedad Industrial como Marca de producto o servicio o bien Nombre Comercial.
Es decir, tener el nombre inscrito como una sociedad (o si se utiliza el nombre y apellido) no le da derecho en exclusiva al mercado; su marca se encuentra totalmente y absolutamente desprotegida ante terceros que la imiten, copien, etc. La inversión económica y los años que hace que opera en el mercado no importan. Pueden obligarlo a dejar de usar su nombre, el cual creía protegido porque era su razón social, nombre y / o apellido.
Así pues, se tiene que revisar que todos los signos distintivos (nombres, logos, etc.) se encuentren protegidos mediante el registro a las oficinas de marcas de los territorios donde opera.
Extender una marca en todo el mundo
Este registro, además de hacerlo ante las oficinas nacionales o territoriales (como la de la Marca de la Unión Europea) se tiene que hacer para los productos o servicios para los cuals quiere proteger sus signos distintivos mediante la clasificación de Niza de las marcas que divide los productos y servicios en 45 clases.
Es muy importante que antes de lanzar una marca sepamos que podemos registrarla porque no hay cabeza de semblante, no tenga connotaciones negativas en los territorios donde lo utilizaremos y cumpla con las normas de registrabilitat de las diferentes oficinas nacionales.
A la hora de extender una marca en diferentes territorios pueden escoger diferentes formas y vías que dependerán de varios factores: si el país donde se desea registrar la marca es miembro del convenio internacional de marcas; si estando en el convenio tiene una regulación específica que permita la extensión vía convenio internacional; las restricciones nacionales de cada oficina; las tasas y honorarios que hay que satisfacer en cada caso; si el país es miembro de una oficina territorial más extensa como la EUIPO, la OAPI, ARIPO...).
En definitiva, son muchos factores legales que hay que tener en cuenta y que tienen que ir de la mano con los comerciales y cabes de estrategia de cada compañía.
Activar alertas
Finalmente, tenemos que advertir que no sólo el registro de la marca es necesario para obtener el derecho en exclusiva de una marca en el mercado sino que también hay que tener activados los servicios de alertas ante posibles solicitudes de marcas que terceros quieran presentar y que puedan confundirse con la suya a fin y efecto de poder presentar una oposición a su registro.
Así pues, procure que sus marcas estén debidamente registradas ante las oficinas de marcas donde opere o piense operar y que tenga activado los servicios de alertas de marcas idénticas y semblantes. Sólo así podrá proteger el que con seguridad es uno de los valores más importante y valioso (si no el que más) de su empresa.
Ahora bien, una marca no es sólo el nombre o logotipo, especialmente en marcas de productos pensamos en la apariencia visual de los mismos (forma de los envases, colores de referencia de una marca, eslóganes, decoración de las etiquetas...), incluso en la apariencia y el trade dress de muchos comercios especialmente franquicias donde todo constituye marca (la decoración del local, los uniformes, la apariencia de los vehículos de flota, la música...).
Registrar el nombre social de una empresa
Un golpe mostrada la importancia y extensión del que puede ser una marca, hay que alertar que el derecho sobre una marca, es decir, los signos distintivos que utiliza una empresa sólo se pueden adquirir por su registro y protección ante las oficinas nacionales o territoriales de Propiedad Industrial.
Hay que hacer una advertencia importante sobre un error muy común: el nombre social de una empresa no da derecho a utilizarlo como marca de forma exclusiva y excluyendo si este nombre social no está registrado ante las oficinas de Propiedad Industrial como Marca de producto o servicio o bien Nombre Comercial.
Es decir, tener el nombre inscrito como una sociedad (o si se utiliza el nombre y apellido) no le da derecho en exclusiva al mercado; su marca se encuentra totalmente y absolutamente desprotegida ante terceros que la imiten, copien, etc. La inversión económica y los años que hace que opera en el mercado no importan. Pueden obligarlo a dejar de usar su nombre, el cual creía protegido porque era su razón social, nombre y / o apellido.
Así pues, se tiene que revisar que todos los signos distintivos (nombres, logos, etc.) se encuentren protegidos mediante el registro a las oficinas de marcas de los territorios donde opera.
Extender una marca en todo el mundo
Este registro, además de hacerlo ante las oficinas nacionales o territoriales (como la de la Marca de la Unión Europea) se tiene que hacer para los productos o servicios para los cuals quiere proteger sus signos distintivos mediante la clasificación de Niza de las marcas que divide los productos y servicios en 45 clases.
Es muy importante que antes de lanzar una marca sepamos que podemos registrarla porque no hay cabeza de semblante, no tenga connotaciones negativas en los territorios donde lo utilizaremos y cumpla con las normas de registrabilitat de las diferentes oficinas nacionales.
A la hora de extender una marca en diferentes territorios pueden escoger diferentes formas y vías que dependerán de varios factores: si el país donde se desea registrar la marca es miembro del convenio internacional de marcas; si estando en el convenio tiene una regulación específica que permita la extensión vía convenio internacional; las restricciones nacionales de cada oficina; las tasas y honorarios que hay que satisfacer en cada caso; si el país es miembro de una oficina territorial más extensa como la EUIPO, la OAPI, ARIPO...).
En definitiva, son muchos factores legales que hay que tener en cuenta y que tienen que ir de la mano con los comerciales y cabes de estrategia de cada compañía.
Activar alertas
Finalmente, tenemos que advertir que no sólo el registro de la marca es necesario para obtener el derecho en exclusiva de una marca en el mercado sino que también hay que tener activados los servicios de alertas ante posibles solicitudes de marcas que terceros quieran presentar y que puedan confundirse con la suya a fin y efecto de poder presentar una oposición a su registro.
Así pues, procure que sus marcas estén debidamente registradas ante las oficinas de marcas donde opere o piense operar y que tenga activado los servicios de alertas de marcas idénticas y semblantes. Sólo así podrá proteger el que con seguridad es uno de los valores más importante y valioso (si no el que más) de su empresa.
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