Cuáles son las novedades fiscales del 2016?

Repasamos las principales medidas tributarias que han entrado en vigor el día 1 de enero y que hay que tener presentes a lo largo del año

Este 2016 incorpora algunas medidas y consideraciones que hay que tener presente. Empezamos el año con una bajada del tipo general del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el tipo que graba los rendimientos del trabajo, de actividades económicas y los ingresos derivados del alquiler de inmuebles. Esta bajada, aprobada el 2014, preveía una reducción esglaonada, primero el 2015 y algo más al 2016.


Sin embargo, esta bajada no la notaremos mucho el 2016. La causa es que el julio del 2015 el Gobierno decidió anticipar parcialmente esta reducción. De hecho, la bajada no superará en la mayoría de los casos el 1%-2% anual, por lo tanto, los tipos seguirán siendo los más altos de la historia y mucho por encima de la media europea.

También baja el tipo impositivo que graba los intereses, los dividendos y las ganancias patrimoniales obtenidas por la venta de activos. Estos rendimientos pasan a tributar al 19% por los primeros 6.000 euros, al 21% por los rendimientos entre 6.000 euros y 50.000 euros y al 23% por los ingresos que superen los 50.000 euros. Recordamos que estos ingresos habían llegado a tributar al 27% en 2014, por el que la reducción el 2016 es significativa.

Beneficios fiscales por las donaciones
Muy destacable también, y muy bienvenido, es el incremento de la deducción por donativos prevista por el 2016. Los primeros 150 euros de donativo tendrán una deducción a la renta del 75%. Esto quiere decir que si hacemos una donación de 150 euros, el contribuyente podrá ahorrar en impuestos un importe de 112 euros, de forma que el coste efectivo de la donación será únicamente 37 euros.

Por la parte que exceda de los 150 euros, la deducción será del 30%. Y esta podrá llegar a ser del 35% si la misma deducción la hacemos durante tres años seguidos. De este modo se pulsaba la fidelización en la aportación anual de entidades no lucrativas.

Ventajas para las familias
Otra ventaja es la deducción por familias numerosas (tres hijos o más), familias monoparentales o familias con hijos discapacitados. Estas familias, desde el 2015, tienen derecho a una deducción adicional de 1.200 euros el año, que además, se puede cobrar de forma anticipada a razón de 100 euros al mes.

Hay que destacar también las facilidades que ha puesto la Agencia Tributaria para cobrar de forma mensual esta deducción, puesto que hay un teléfono habilitado para solicitar el cobro mensual, y no hace falta que nos desplazamos ni hagamos largas colas a las dependencias de Hacienda. Eso sí, habrá que tener a mano los datos y sobre todo estar en disposición del carné de familia numerosa o de familia con características especiales.

Se mantiene la siempre existente reducción por aportaciones a plan de pensiones. La reducción aplica hasta una aportación al plan de pensiones máxima de 8.000 euros el año, y no puede exceder del 30% de los rendimientos del trabajo y de actividades económicas. También reducen las aportaciones realizadas a favor del cónyuge del contribuyente hasta el importe de 2.500 euros anuales.

Hay que tener en cuenta que esta reducción no es propiamente un ahorro fiscal definitivo, sino que es un diferiment de la tributación puesto que cuando el contribuyente cobre estas rentas un golpe jubilado, estas tributarán a la renta como un rendimiento del trabajo. Y si el contribuyente quiere recuperar el plan de pensiones de golpe en un solo año, el efecto impositivo puede ser muy gravós y tributar hasta un 47% del capital obtenido.

El más castigado por las reformas fiscales ha sido, sin duda, la vivienda habitual. El 2013 se eliminó la deducción por la compra de vivienda y el 2015 se eliminó la deducción por el alquiler de vivienda habitual. Sólo se mantienen estas deducciones por quién compró la casa antes del 2013 y para aquellos que tienen un contrato de alquiler firmado antes del 2015.

Por el contrario, justo es decir que los nuevos compradores se benefician de unos tipos de interés en hipotecas más ventajosos que los compradores de antes del 2013, pero estos tipos a la baja no durarán por siempre jamás y de momento, no está previsto el regreso de esta deducción.

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