A pocos días para finalizar el año 2019, todavía estamos a tiempo de realizar acciones que nos permitan rebajar la liquidación del IRPF. Para encarar mejor la cuesta de enero y que no nos salga por un ojo de la cara, conviene recordar qué deducciones se pueden aprovechar antes del cierre del ejercicio fiscal 2019. Aportaciones a planes de pensiones, al sistema de previsión social del cónyuge, amortización anticipada de la hipoteca... estas son algunas de las deducciones que se tienen que tener en cuenta al liquidar el impuesto a la renta de las personas físicas antes empezar el año nuevo.
1 Aportaciones a los planes de pensiones
Todas aquellas aportaciones efectuadas a los planes de pensiones, planes de previsión social y empresarial, planes de previsión asegurados, mutualidades de previsión social y en las primas satisfechas de seguros privados que cubran exclusivamente el riesgo de dependencia reducen directamente la base imponible, con el límite máximo conjunto deducible de la menor de las siguientes cantidades: 8.000 euros anuales, o el 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas que han sido percibidos de forma individual durante el ejercicio, independientemente de la edad.
2 Aportaciones a los sistemas de previsión social del cónyuge
Siempre que el conyuge no obtenga rendimientos netos del trabajo ni actividades económicas o los obtenga en cantidades inferiores a 8.000 euros anuales, reducen la base imponible con el límite máximo de 2.500 euros anuales.
3 Amortización anticipada de la hipoteca
Los contribuyentes que amorticen la hipoteca o préstamo destinado a la adquisición de la hipoteca habitual tienen derecho a una deducción por inversión en vivienda habitual.
4 Constitución de rentas vitalicias
5 Los contribuyentes mayores de 65 años que destinen el importe obtenido por la transmisión de elementos patrimoniales (no necesariamente inmuebles) a la constitución de un renta vitalicia, podrán excluir esta cantidad del IRPF siempre y cuando no supere los 240.000 euros.
5 Alquiler de vivienda
Los propietarios que tengan previsto alquilar un piso, siempre y cuando lo utilicen como vivienda, y no como oficina, tienen derecho a una reducción del rendimiento neto obtenido del 60%.
6 Donativos y aportaciones
También son deducibles las donaciones y las aportaciones a las entidades sin ánimo de lucro, como ONG, fundaciones y asociaciones declaradas de utilidad pública.
7 Mejora de la deducción por inversión en empresas de reciente creación
Los contribuyentes que inviertan en empresas de nueva o reciente creación se podrán deducir el 30% de las cantidades satisfechas por la suscripción de acciones o participaciones siempre y cuando se cumplan determinados requisitos y condiciones, con una base máxima de deducción es de 60.000 euros anuales.